Vicepresidencia de Promoción y Fomento
El objetivo principal de la Vicepresidencia de Promoción y Fomento – VPF es impulsar el sector minero colombiano, a través de su promoción a nivel nacional e internacional, y fomentar la actividad minera de pequeña y mediana escala.
Las funciones de la vicepresidencia se desarrollan de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1681 del 17 de diciembre de 2020, el cual en su Artículo 4 determino “modifíquese el artículo 17 del Decreto Ley 4134 de 2011, el cual quedará así:” Son funciones de la Vicepresidencia de Promoción y Fomento, las siguientes:
1. Diseñar políticas, definir planes e impartir directrices para el desarrollo de programas y proyectos de competencia de esta Vicepresidencia.
2. Facilitar, y fomentar el desarrollo de una pequeña y mediana minería tecnificada, productiva, competitiva y con altos estándares de seguridad.
3. Promover en el país y en el exterior la inversión en minería en el territorio nacional, en coordinación con las autoridades competentes.
4. Realizar acompañamiento, dar asistencia técnica a los proyectos mineros y facilitar la solución de los problemas ambientales, sociales y de infraestructura, en coordinación con las autoridades competentes.
5. Definir áreas con potencial minero, coordinando con el Servicio Geológico Colombiano la priorización de investigaciones sobre conocimiento geológico, reservar áreas con potencial minero y declarar y delimitar áreas de reserva estratégica minera, de conformidad con la ley y los lineamientos que para el efecto defina el Consejo Directivo de la entidad.
6. Apoyar al Gobierno Nacional en la delimitación de las zonas de minería tradicional.
7. Dirigir los estudios técnicos y sociales requeridos para señalar y delimitar las zonas mineras indígenas, de comunidades negras y mixtas, así como la declaratoria de las mismas, en los términos establecidos en la ley.
8. Promover la incorporación del componente minero en los planes de ordenamiento territorial.
9. Dirigir el diseño e implementación de instrumentos que permitan la divulgación de los trámites y la legislación minera.
10. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del sistema integrado de gestión institucional de la Agencia Nacional de Minería, ANM.
11. Adelantar las gestiones necesarias ante la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, para agotar, cuando a ello hubiere lugar, los procesos de consulta previa, de conformidad con la ley y los lineamientos jurisprudenciales vigentes.
12. Elaborar y presentar ante el Consejo Directivo y la Presidencia de la Agencia Nacional de Minería los términos de referencia para la habilitación de los interesados en los procesos de selección objetiva y demás documentos necesarios para los procesos de selección objetiva, para la adjudicación de los Contratos Especiales de Exploración y Explotación en las áreas de reserva estratégica minera.
13. Dirigir y adelantar los estudios técnicos para la determinación de los minerales estratégicos para el país, coordinando con el Servicio Geológico Colombiano y la Unidad de Planeación Minero-Energética la priorización de diagnósticos, investigaciones y análisis sobre el particular, en el marco de sus funciones y de conformidad con lo establecido en la ley y la política pública del sector minero.
14. Las demás que se le asignen.