Comunicación sobre sucesos en zona minera de Buriticá y firma de resolución que impone medidas para la zona
- El domingo 10 de enero de 2016, la Estación de Seguridad y Salvamento Minero de la Agencia Nacional de Minería (ANM) atendió la emergencia minera reportada por la empresa Continental Gold en sus instalaciones bajo tierra, en el municipio de Buriticá, Antioquia. Bajo condiciones de alto riesgo, el equipo de salvamento minero de la ANM rescató el cuerpo de una víctima, una persona que estaba desarrollando actividades no permitidas de extracción dentro del título.
- Las posibles causas, actos o fallas que ocasionaron el accidente de acuerdo con lo evaluado durante la acción de rescate y otra inspección posterior, fueron el desarrollo de explotaciones mineras bajo tierra en zonas inestables, sin las mínimas medidas de seguridad, ni planeamiento minero, debido a la presencia de personal minero no autorizado por el titular y el desconocimiento del número de personas que se encuentra en riesgo.
- El terreno donde se presentó el accidente es una zona muy inestable, los trabajos que continúan desarrollando mineros ilegales están generando áreas de riesgo con posibles colapsos de techo y hastiales que ocasionarían atrapamiento de personal que labora en éstos sitios. Además, se observó la afectación del sistema del sostenimiento de la zona, por el retiro del área de los elementos de sostenimiento de la infraestructura de las vías como pernos de anclaje, malla de protección electro soldada y arcos de acero y desestabilización del macizo rocoso debido a la explotación ilegal y anti técnica. También se evidenciaron en el macizo rocoso, fracturas y subsidencias de techo y piso en la zona debido a presencia de explotaciones mineras cercanas y no autorizadas por el titular.
- El Ministerio de Minas y Energía ha hecho presencia en la zona y ha venido trabajando con las autoridades locales para garantizar la preservación del orden público, revisando las acciones necesarias para que la minería se desarrolle de manera legal y con los estándares de seguridad adecuados para proteger a los mineros.
- El Ministerio de Minas y Energía, y la Agencia Nacional de Minería insisten en recomendar a las Autoridades Locales realizar la verificación de los trabajos mineros cercanos no autorizados y del personal que labora en esas explotaciones cercanas, para realizar la evacuación del personal de las áreas de riesgo bajo tierra. A su vez, la Alcaldía debe dar cumplimiento a los amparos administrativos que han sido interpuestos por el titular, para evitar futuros incidentes y pérdida de vidas.
- La ANM a través de su Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera, firmó hoy la Resolución No. VSC- 055 del 20 de enero de 2016 por medio de la cual se imponen medidas para la zona. Mediante este acto administrativo, la Agencia solicita el cierre total de las actividades mineras realizadas por terceras personas en el área del contrato de Continental Gold, por existir evidencia de amenaza a la seguridad de los explotadores y trabajadores. El objetivo fundamental de estas medidas es garantizar el derecho constitucional a la vida y a la integridad física de las personas, lo cual debe estar por encima de cualquier actividad económica.
A su vez afirma que es necesario el desalojo inmediato por parte de las autoridades de Policía, de las labores mineras mencionadas que generan riesgo inminente, y el monitoreo constante por parte de las autoridades para evitar el ingreso de personal a las actividades sobre las cuales se ordena la medida de seguridad.
Frente a la existencia de explotaciones sin contar con título minero, se remitirá copia de la citada Resolución al Alcalde de Buriticá, para que actúe de conformidad con sus competencias, especialmente con las contenidas en el artículo 306 y siguientes del Código de Minas. A si mismo se enviará copia a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo para que realicen acompañamiento al cumplimiento de las medias impuestas. Se trasladará además para su conocimiento y fines pertinentes a la Secretaría de Minas de la Gobernación de Antioquia, a la Corporación Autónoma de Antioquia, al Departamento de Prevención de Riesgos y Desastres de Antioquia y a la empresa Continental Gold Limited Sucursal Colombia.