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Documento Soporte Cerro Matoso

Nuevas condiciones del contrato Cerro Matoso amplían la vida útil del único proyecto de níquel en el país, aseguran el flujo de recursos adicionales, la estabilidad laboral en la región y la obligatoriedad de efectuar nuevas inversiones en lo social y ambiental  

Con el acuerdo alcanzado con Cerro Matoso ganan el país y las regiones. Por primera vez un contrato minero establece obligaciones a la empresa en inversión social, ambiental y laboral. Los planes sociales serán compatibles con los planes y programas de desarrollo nacional, regional y local.

Cerro Matoso, un contrato legal

El Consejo de Estado – Sala de Consulta, conceptuó la legalidad de todas las cláusulas del contrato así como su vigencia hasta el 2029, y estableció además la posibilidad de prórroga por quince años adicionales, es decir, hasta 2044. Sobre esta base, el Gobierno y la empresa negociaron las nuevas condiciones que rigen este contrato en los próximos años.

Un acuerdo donde ganan el país, la región y sus municipios

Con esta negociación, se incorporan importantes modificaciones de fondo, en aspectos  económicos, sociales, ambientales y laborales. Su estructuración sienta precedente para futuros contratos mineros en Colombia.

El gran avance de este proceso es haber logrado una mejora sustancial de la posición del Estado frente al contrato, bajo estándares más elevados, promoviendo el desarrollo sostenible para la actividad minera.

Un mayor beneficio económico para el país y la región

Tras la nueva negociación se logran 11 billones de pesos adicionales para el país durante el desarrollo del contrato hasta 2044, incluyendo regalías, impuestos y compensaciones. En conjunto, esto representa un incremento de 6 puntos porcentuales de la participación del Estado, respecto a los ingresos totales generados, al pasar de tener una participación del 45% al 51%, siendo una de las mayores participaciones del Estado en operaciones de extracción de níquel a nivel internacional.

Además, se garantiza una mayor vida útil del proyecto, lo que  viabiliza un aumento en la  producción reflejado en mayores regalías y compensaciones obligatorias, tan vitales para las economías regional y nacional, como lo representan Córdoba y los 4 municipios aledaños a la zona de influencia del proyecto (Montelíbano, Puerto Libertador, La Apartadá y San José de Uré). 

Inversión social obligatoria y constante (por primera vez)

Si antes, bajo las anteriores condiciones del contrato, Cerro matoso no tenía la obligación contractual de efectuar inversión social, con la reciente negociación de prórroga, se estableció: 1. la obligatoriedad de efectuar una inversión mínima; 2. Se fijaron  criterios técnicos de sostenibilidad; 3.  Las inversiones tendrán que articularse con las políticas y programas de los planes de desarrollo nacional, regional y local.

La empresa podrá continuar con las donaciones que canaliza a través de sus fundaciones pero, por primera vez –dentro de un contrato minero-, no podrá descontar los costos de operación de las mismas y se verá obligada a efectuar inversión social directa año a año e involucrar a la comunidad en procesos de rendición de cuentas permanentes.

Aseguramiento de los trabajadores, condición sin excepción para Cerro Matoso

La negociación garantiza el cumplimiento de toda la normatividad en materia laboral y ambiental para los empleados de las empresas contratistas. Cerro Matoso se compromete a que las empresas que le prestan servicios, cumplirán con la normatividad aplicable sobre la materia en cuanto a las actividades que se desarrollen bajo el contrato. Es decir, que si la autoridad competente detecta un incumplimiento sobre el particular, la empresa será sancionada.

Tenemos un contrato con mayores beneficios que la reversión de activos

No es correcto asimilar el valor y cobro de activos asociados a una actividad industrial al arrendamiento de un inmueble comercial. O en otros términos, no es válido comparar el mercado inmobiliario con activos productivos asociados a un proceso de extracción y transformación minera, los cuales tienen riesgos sustancialmente diferentes.

Postergar la reversión de los activos asigna exclusivamente los riesgos de la operación al titular minero, es decir, reversarlos ahora  conllevaría a que los riesgos de la operación, propios del operador minero, quedaran en cabeza del  Estado. A su vez, el cobro de arrendamiento pactado en el contrato original, del1.25% sobre la utilidad neta final de la empresa es deducido de regalías como un costo de procesamiento, mientras que las contraprestaciones económicas establecidas en el nuevo acuerdo no tienen este beneficio para la empresa, lo que en la práctica permitirá que el país reciba la totalidad de los recursos.   

El canon superficiario es mayor

Este es el contrato que más valor paga en Colombia por canon superficiario. Cerro Matoso, en adición a pagar el canon superficiario de ley durante el periodo de exploración, pagará el equivalente a 5 dólares anuales por hectárea a lo largo de toda la ejecución del contrato. La empresa pagará 19.650 pesos equivalentes a un salario mínimo legal diario y un valor adicional de 9.000 pesos, equivalente a los 5  dólares pactados para todo el tiempo del contrato, para un total de 28.650 pesos por hectárea contratada durante el periodo de exploración.

Normas ambientales son de obligatorio cumplimiento

En materia ambiental se tuvo acompañamiento de la ANLA, máxima autoridad ambiental del país, y se siguieron recomendaciones de la Procuraduría. En ese sentido, es claro que el proyecto adelantado por la empresa Cerro Matoso S.A. en las áreas que  correspondían a los Contratos 866 y 1727(680 hectáreas), hoy incorporadas al contrato No. 051-96M, cuenta con permisos ambientales vigentes. Sin embargo, en aras de adecuar el contrato a los mayores estándares internacionales y a la normatividad actual, se ampliaron las obligaciones ambientales, se adecuó a la normativa actual y se deberá ajustar a la que se genere en el futuro. Se especificó la necesidad de obtener nuevo licenciamiento ambiental en caso de iniciar operaciones en áreas nuevas del contrato distintas a las áreas de las Concesiones anteriores. Adicionalmente, se incorporaron obligaciones específicas (tanto técnicas como económicas)  sobre el cierre de mina.

 

El contrato es claro y responsable en materia de salud 

Éste es el primer contrato minero del país que tiene una cláusula en materia de estudios de salud asociados a la actividad de la mina.  El contrato obliga a Cerro Matoso a efectuar estudios permanentes que permitan establecer un diagnóstico sobre la situación en salud de las comunidades de la zona de influencia y establecer una línea base para sus programas de promoción y prevención de salud. Además,  obliga a la empresa a tomar las medidas preventivas o correctivas a que hubiere lugar.

Es prematuro hablar de agotamiento de la mina

Son los resultados de los estudios geológicos a realizarse, los que arrojarán la verdadera dimensión de las reservas en el área total del Contrato. Esto se concretará con la presentación, ante la autoridad minera, del Plan de Trabajo y Obras (PTO), requerido para pasar al período de explotación de las áreas adicionales, y en el que se detallan anualmente las proyecciones de explotación y el tiempo previsto de extracción.

Control garantizado en el cumplimiento de lo pactado

Sumado al plan de fiscalización que actualmente viene realizando la autoridad minera, incluimos en el nuevo acuerdo (para tener un mayor control sobre los costos de procesamiento y  claridad frente a la liquidación de regalías), una cláusula (décimo segunda) que estableció que Cerro Matoso no podrá subcontratar con subsidiadas la explotación, construcción o exploración. Esto pese a que la ley minera no hace referencia al tema y permite todo tipo de subcontratación.

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