Agencia - Entes de Control
Todas las personas en Colombia tienen derecho a verificar que la administración pública y los particulares que representan servicios públicos cumplan su finalidad social y apliquen de manera transparente y eficiente los recursos públicos. Así mismo tienen derecho a verificar que los proyectos que ejecuten tengan en cuenta el interés de la comunidad y pueden ejercer acciones para lograr que los gobernantes reconozcan los derechos ciudadanos o cumplan las obligaciones que legalmente les corresponde. Este derecho y deber es lo que conocemos como Control Ciudadano.
Las actuaciones de la Agencia Nacional de Minería en ejercicio de sus funciones y misión son vigiladas por:
Contraloría General de la República – (Control disciplinario)
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La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas. La Constitución Política de 1991, en su artículo 267, establece que: "El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación". Evalúa los resultados obtenidos por las diferentes organizaciones y entidades del Estado, examina la razonabilidad de los estados financieros de los sujetos de control fiscal, tiene a su cargo establecer la responsabilidad fiscal de los servidores públicos y de los particulares, impone las sanciones pecuniarias que correspondan, procura, igualmente, el resarcimiento del patrimonio público, etc. Para comunicar una irregularidad puede hacerlo a: Contraloría General de la República. |
Procuraduría General de la Nación - (Control Fiscal)
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La Procuraduría General de la Nación es la Entidad que representa a los ciudadanos ante el Estado. Es el máximo organismo del Ministerio Público, conformado además por la Defensoría del Pueblo y las personerías. Vigila el correcto funcionamiento de la función pública, para salvaguardar los derechos e intereses de los ciudadanos, garantizar la protección de los derechos humanos e intervenir en representación de la sociedad para defender el patrimonio público. Es la encargada de iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del Estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único Disciplinario o Ley 734 de 2002 y de acuerdo a lo establecido en el artículo 277 de la Constitución Política de Colombia de 1991. Para comunicar cualquier irregularidad puede hacerlo a: Procuraduría General de la Nación. |
Fiscalía General de la Nación – (Control Penal)
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La Fiscalía General de la Nación es una entidad de la rama judicial del poder público con plena autonomía administrativa y presupuestal, cuya función está orientada a brindar a los ciudadanos una cumplida y eficaz administración de justicia. De acuerdo con el artículo 250 de la Constitución Política, se encarga de investigar los delitos, calificar los procesos y acusar ante los jueces y tribunales competentes a los presuntos infractores de la ley penal, ya sea de oficio o por denuncia. Para comunicar cualquier irregularidad puede hacerlo a: Fiscalía General de la Nación. |
Congreso de la República – (Control Político)
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El Congreso ejerce control sobre las decisiones y actuaciones de la Entidad, que se efectúen con base en las disposiciones legales y reglamentarias, que le sean dadas para el cumplimiento de sus objetivos y metas. De conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Constitución Política, corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración. Para comunicar cualquier irregularidad puede hacerlo a: Congreso de la República. |
Contaduría General de la Nación – (Control Contable)
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La Contaduría General de la Nación es la entidad rectora responsable de regular la contabilidad general de la nación, con autoridad doctrinaria en materia de interpretación normativa contable, que uniforma, centraliza y consolida la contabilidad pública, con el fin de elaborar el Balance General, orientado a la toma de decisiones de la administración pública general, que contribuye a la gestión de un Estado moderno y transparente. De acuerdo con lo establecido en el Artículo 354 de la Constitución Política, al Contador General le corresponden elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país, conforme a la ley. Para comunicar cualquier irregularidad puede hacerlo a: Contaduría General de la República. |
Secretaría de Transparencia - (Control a la política Transparencia y Corrupción)
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Creada mediante el Decreto 4637 de 2011, en reemplazo del Programa Presidencial de Lucha contra la corrupción. La Secretaría de Transparencia tiene como misión asesorar y apoyar al Presidente de la República en la formulación, diseño e implementación de políticas públicas en materia de transparencia y lucha contra la corrupción. Para comunicar cualquier irregularidad puede hacerlo a: Secretaria de Transparencia. |
Comisión Nacional del Servicio Civil - (Control y vigilancia de carrera administrativa)
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De acuerdo a lo establecido en el artículo 130 de la Constitución Política Colombiana, la Comisión Nacional del Servicio Civil, es "responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial”. La Comisión se propone posicionar el mérito y la igualdad en el ingreso y desarrollo del empleo público; vela por la correcta aplicación de los instrumentos normativos y técnicos que posibiliten el adecuado funcionamiento del sistema de carrera; y genera información oportuna y actualizada, para una gestión eficiente del sistema de carrera administrativa. Para comunicar una irregularidad puede hacerlo a: Comisión Nacional del Servicio Civil. |
Departamento Administrativo de la Función Pública - (Control de Gestión Pública)
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El DAFP tiene como función la formulación y promoción de políticas e instrumentos en empleo público, organización administrativa, control Interno, racionalización de trámites, el Departamento evalúa el impacto que las mismas tienen en la Administración Pública. También tiene a cargo, la integralidad del Sistema de Empleo Público, dimensionándolo y articulándolo, como política de Estado, en los siguientes componentes: Planificación del Empleo, Gestión de las Relaciones Humanas y Sociales, Gestión del Desarrollo, Gestión del Empleo, Gestión del Desempeño, Organización del Empleo; Sistemas de Clasificación y Nomenclatura, Administración de Salarios y Prestaciones Sociales; Democratización de la Administración Pública y Sistema de Desarrollo Administrativo. Para comunicar una irregularidad puede hacerlo a: Departamento Administrativo de la Función Pública. |
Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica - (Control y Seguimiento a la Gestión Pública)
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El Departamento Administrativo de Presidencia de la República DAPRE, fue creado mediante la Ley 3a. de 1898 y reestructurado mediante el Decreto 3443 de 2010, Decreto 3444 de 2010, el Decreto 3445 de 2010, el Decreto 4679 de 2010 y el Decreto 123 de 2011. El DAPRE asiste al Presidente de la República en su calidad de Jefe de Gobierno, Jefe de Estado y Suprema Autoridad Administrativa, en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y prestar el apoyo administrativo necesario para dicho fin a las entidades adscritas y vinculadas. Para comunicar una irregularidad puede hacerlo a: Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica. |
Ministerio de Hacienda y Crédito Público - (Control Presupuestal)
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La programación, ejecución y seguimiento del presupuesto de ingresos y gastos, se rige por el estatuto orgánico de presupuesto (Decretos 111/96, y las normas que lo modifiquen o adicionen). Entre sus funciones le compete planear, administrar y controlar el sistema público presupuestal del Presupuesto General de la Nación, participar en la elaboración del proyecto de Ley del Plan Nacional de Desarrollo y elaborar el Proyecto de Ley anual del Presupuesto en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y los demás organismos, de los cuales la Ley les haya dado injerencia en la materia. A través de la Dirección General del Presupuesto Nacional y de la Dirección General de Crédito Publico y del Tesoro Nacional, se realiza el seguimiento financiero a todas las entidades Para comunicar una irregularidad puede hacerlo a: Ministerio de Hacienda y Crédito Publico. |
Archivo General de la Nación (Control de Gestión Documental)
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El Archivo General de la Nación -AGN, es una entidad del orden nacional adscrita al Ministerio de Cultura, encargada de la organización y dirección del Sistema Nacional de Archivos -SNA, de regir la política archivística en nuestro País y de custodiar, resguardar y proteger el patrimonio documental que conserva. De conformidad con el Decreto 106 de 2015 le corresponde al Archivo General de la Nación ejercer las facultades de inspección, vigilancia y control a los archivos de las entidades del Estado. Para comunicar una irregularidad puede hacerlo a: Archivo General de la Nación. |
Veedurías Ciudadanas (Vigilancia sobre la gestión pública)
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La Veeduría Ciudadana es el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público. Dicha vigilancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 270 de la Constitución Política y el artículo 100 de la Ley 134 de 1994, se ejercerá en aquellos ámbitos, aspectos y niveles en los que en forma total o parcial, se empleen los recursos públicos, con sujeción a lo dispuesto en la presente ley. Los representantes legales de las entidades públicas o privadas encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público deberán por iniciativa propia, u obligatoriamente a solicitud de un ciudadano o de una organización civil informar a los ciudadanos y a las organizaciones civiles a través de un medio de amplia difusión en el respectivo nivel territorial, para que ejerza la vigilancia correspondiente. (Ley 850 de 2003). |