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La autoridad minera caduca 32 títulos

Bogotá D.C., Marzo 5 de 2013. La Agencia Nacional de Minería, en su función de seguimiento y control a los diferentes títulos mineros ubicados en el país, dio caducidad a 32 títulos mineros entre enero y febrero.

Nueve se encuentran ubicados en Boyacá y Norte de Santander; tres en Nariño; dos en César, Chocó, Guainía y Magdalena; uno en Córdoba, Guajira y Meta, respectivamente. El 70% de los títulos caducados corresponden a carbón, seguido de materiales de construcción y oro.

La principal causa para declarar la caducidad obedece en un 85% al incumplimiento en el pago de las obligaciones referentes a canon, le siguen pólizas y multas.

El canon es un valor que el titular minero paga anualmente y de manera anticipada en las etapas de exploración, construcción y montaje, según las hectáreas otorgadas. Es importante precisar que en la etapa de explotación no se paga canon sino regalías.

La Póliza es una obligación que se exige a lo largo de la vida del título minero, frente a la eventualidad de caducidades, multas y demás incumplimientos técnicos y ambientales. Los montos para asegurar mediante una póliza dependen de la etapa, las inversiones efectuadas y la producción (si se encuentra en etapa de explotación).

Las multas se imponen frente a incumplimientos. Si la autoridad minera verifica que persiste la falta y es reiterada, se procede a la caducidad del título minero.

Una vez caducado el título, su titular debe suspender toda actividad minera en el área y comenzar el desmantelamiento de las instalaciones y las actividades de recuperación ambiental propias de la fase de cierre. A su vez, la autoridad minera adelanta el proceso de liquidación del contrato y recibo de las áreas.

Estar al día en las obligaciones es cumplirle al país

La Presidenta de la Agencia, María Constanza García Botero, recordó la obligatoriedad de cumplir con todos los aspectos económicos, técnicos, ambientales y jurídicos; caso contrario, la autoridad puede imponer multas sucesivas a los titulares mineros, hasta llegar a la declaratoria de cancelación o la caducidad del título respectivo.

Algunas de las obligaciones que tienen los titulares mineros para evitar sanciones:

  • Mantener vigente la póliza de cumplimiento, de obligaciones laborales y de responsabilidad extracontractual para los contratos de concesión o contratos en áreas de aporte o póliza minero ambiental para los títulos mineros según corresponda.
  • Presentación del Formulario de declaración y liquidación de regalías con la respectiva constancia de pago (si no ha habido explotación con causa justificada se deben presentar en ceros).
  • Pago del canon superficiario para títulos que contemplen dicha obligación como anualidad anticipada.

  • Presentación de Formatos Básicos Mineros semestrales y anuales

  • Presentación de la Licencia Ambiental o Plan de Manejo Ambiental.

  • Trámites de sustracción de áreas cuando el título se encuentre superpuesto con área de reserva forestal nacional o regional.

  • Cumplimiento de los Decretos de Seguridad e Higiene Minera a cielo abierto o subterráneo.

  • Presentación o actualización del Programa de Trabajos e Inversiones – PTI.

  • Presentación del Programa de Trabajos y Obras – PTO

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