Please ensure Javascript is enabled for purposes of website accessibility ANM presenta Decálogo de Ventilación de Labores Subterráneas en Colombia | Agencia Nacional de Minería ANM

ANM presenta Decálogo de Ventilación de Labores Subterráneas en Colombia

Bogotá, 24 de mayo de 2021. La Agencia Nacional de Minería, con la ayuda de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia y la Asociación de Profesionales del Sector Minero de Colombia (AIMC), presentan un Decálogo de Ventilación de Labores Subterráneas en Colombia. Todo con el fin de motivar a empresarios, ingenieros, supervisores y trabajadores de las distintas minas que operan en el territorio nacional, a utilizar esta herramienta de seguridad para poder salvaguardar la vida de los trabajadores de las minas subterráneas del país, ejerciendo control de la atmósfera subterránea y una función en la gestión de la ventilación.

Este decálogo consta de un total 10 puntos. El primero indica que el operador minero debe garantizar el volumen total de aire, establecido en el Plan de Ventilación, incluyendo el volumen adicional para la dilución de cualquier gas asfixiante o contaminante y, a su vez, poder contrarrestar posibles fugas en el circuito de ventilación, para poder ventilar adecuadamente los trabajos mineros. El segundo punto indica que toda mina debe contar con un ventilador principal para asegurar la ventilación forzada. Con respecto a los frentes ciegos, el decálogo asegura que se dispondrá de un ventilador con ducto con suministro de un caudal suficiente, con el fin de que el aire de retorno sea mayor a 0.5 m/s para lograr un flujo en régimen turbulento. El tercer punto indica que se debe controlar y monitorear diariamente la calidad del aire dentro de las minas subterráneas, especialmente porcentaje de oxígeno, metano y monóxido de carbono, en ppm, con un supervisor o técnico capacitado. El control debe hacerse cómo mínimo con un multidetector de seis gases, debidamente calibrado.

El cuarto punto indica que se debe definir la metodología y mecanismos para análisis de tendencias de ventilación – como, por ejemplo, la calidad del aire, la temperatura o la presencia de gases – y la toma de decisiones y protocolos de comunicación. El quinto punto habla acerca de que se debe establecer un plan de manejo con énfasis en la reducción del polvo con mejores técnicas de arranque, uso efectivo de aspersores y control de puntos de transferencia. A su vez, se debe usar filtros en la recolección o neutralización para el control de polvo fino. El sexto punto habla acerca de los requisitos para la operación de ventiladores como, por ejemplo, los ventiladores deben acogerse a programas de mantenimiento – según el fabricante – y que se deben garantizar condiciones o estrategias para que los ventiladores principales queden operativos o sean reemplazados o puedan ser reemplazados y que el circuito de ventilación quede operativo, siempre y cuando ocurra una explosión.

El séptimo punto indica que se deben hacer mediciones, cómo mínimo una vez a la semana, de la cantidad de aire en las estaciones de aforo definidas en cada proyecto minero y, a su vez, se deben hacer mediciones, mensualmente, en todo el Circuito Principal de Ventilación, donde se medirán variables como, por ejemplo, la calidad del aire, los gases, la temperatura efectiva y la humedad relativa, entre otros. El octavo punto define que todo el personal, tanto gerencial como operativo de la mina, debe conocer la importancia del control de gases y labores de ventilación y, al mismo tiempo, ser capacitados periódicamente, para que puedan cumplir con el conocimiento requerido y exigencias que su rol técnico requiere para trabajar en la sección de Ventilación. El noveno punto menciona que los operadores de minas tienen la obligación de suministrar una capacitación o certificación anual en certificaciones laborales y modos operatorios a trabajadores que desarrollen labores subterráneas. A su vez, se indica que debe desarrollar, anualmente, un Plan de entrenamiento que el personal de supervisión de labores de ventilación debe seguir mensualmente.

Por último, el décimo punto habla de que se deben realizar, mínimo una vez al mes, reuniones para tratar temas como estado de los ventiladores y el stock de repuestos, avance de los programas de mantenimiento, análisis de variables (como temperatura, humedad y presencia de gases) y necesidades del grupo de trabajo o equipo de ventilación. En conclusión, se busca que, con lo mencionado en los puntos de este decálogo, se pueda trabajar de forma segura en las distintas minas subterráneas del país sin poner en riesgo las vidas de los trabajadores de las mismas.

Para ver el documento completo ingrese al siguiente enlace:

 

https://www.anm.gov.co/