Nuevas medidas en materia de minas y energía en el marco del Estado de Emergencia
Bogotá. 16 de abril de 2020 - La Presidencia de la República expidió el decreto número 574 del 15 de abril de 2020, por el cual se adoptan medidas en materia de minas y energía, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
En cuanto a minería, este documento decreta el aplazamiento de la liquidación del canon superficiario; lo que implica, que el pago por este concepto podrá realizarse en los 15 días hábiles posteriores al levantamiento de la cuarentena obligatoria. El decreto aclara que este beneficio cobija a los que se encuentren al día con sus pagos.
Además, el Ministerio de Minas y Energía, determinará la metodología para las distribuciones a que haya lugar y asignará los recursos provenientes de regalías por comercialización de mineral sin identificación de origen prioritariamente, entre los municipios productores que cuenten con mineros de subsistencia inscritos o que trabajan bajo alguna de las figuras habilitadas por la ley para la explotación. Estos recursos podrán destinarse a proyectos de inversión que tengan por objeto implementar las acciones necesarias para la atención y ayuda humanitaria de dicha población, tendientes a conjurar la Emergencia Económica, Social y Ecológica y evitar su agravamiento e impedir la extensión de sus efectos.
Consulte aquí el decreto 574 del 15 de abril de 2020
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